¿Son las mismas reglas para darle un servicio al Gobierno que para construirle una obra?

obierno Federal maneja dos leyes para sus compras: la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM).

Resumen: 

El Gobierno Federal maneja dos leyes para sus compras: la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM). Como puede observarse, en ambas leyes se contempla la compra de servicios por parte del Gobierno, sólo que en la Ley de Obras son servicios relacionados con la construcción. 

Ambas leyes cuentan con Reglamentos que detallan las “reglas del juego” para que el Gobierno le compre o contrate a la iniciativa privada sus productos y servicios. 

Ya durante la ejecución o la entrega de nuestros servicios, así como en el cierre de nuestros contratos, las reglas también son diferentes. 

Respuesta genérica: 

En el caso de la Ley de Adquisiciones (LAASSP), para que una empresa pueda cobrar sus servicios debe cumplir con lo establecido en el contrato y presentar su factura, muy parecido a venderle a un particular.  

Por otro lado, cuando se trata de construcción (obra pública) para poder presentar una factura, se necesita antes una “estimación” y ésta requiere de “generadores”. 

Respuesta detallada: 

Para cerrar un servicio o un trabajo que le hagamos al Gobierno, sin problemas, es diferente el proceso si es un servicio bajo la Ley de Adquisiciones (LAASSP), que si es obra o servicios bajo la Ley de Obras (LOPSRM). 

Bajo la Ley de Adquisiciones, también se asemeja mucho a un cierre con la iniciativa privada, donde debemos dar fe documentada de la entrega de nuestro servicio a satisfacción. 

Por otro lado, un servicio o un trabajo de la Ley de Obras (LOPSRM) implica un finiquito, esto es una revisión “de las cuentas”, que puede implicar la revisión de las estimaciones, con el avance físico de la obra comparado con el avance financiero de la misma. 

En ambos casos, Ley de Adquisiciones (LAASSP) y Ley de Obras (LOPSRM), la ejecución y cierre puede complicarse por temas de incumplimientos, convenios, deductivas, penalizaciones, todo ello con sus reglas del juego que es importante conocer. 

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