¿Cómo puedo proteger a la empresa de una posible acción delictiva de un socio, directivo, empleado o colaborador?

Resumen: 

Con la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, las empresas pueden ser investigadas, imputadas, procesadas y sentenciadas por la comisión de un delito.  

Con la incorporación de esta figura jurídica, una empresa enfrentará las posibles sanciones que establecen las regulaciones en materia fiscal, mercantil, civil o administrativa. 

Existe la posibilidad de atenuar o reducir las posibles sanciones, siempre y cuando, antes de la comisión del posible delito se hayan adoptado y ejecutado en la empresa medidas de vigilancia y control. 

Respuesta genérica: 

Se pueden diseñar e implementar diferentes acciones con el propósito de vigilancia y control. Estas medidas deben contemplarse en una planeación integral, dentro de un “Programa de Cumplimiento Normativo” o “Compliance Program”. 

Este Programa debe: 

  • Prevenir, mitigar y atenuar la posible responsabilidad penal. 
  • Aumentar la seguridad jurídica para que las empresas y sus altos directivos adopten sistemas de vigilancia y control estrictos y eficaces. 

El artículo 11BIS del Código Penal Federal determina los delitos en los que puede incurrir una empresa, clasificándolos de la siguiente forma: 

  • Contra el ambiente. 
  • En materia de derechos de autor. 
  • Tráfico de influencias. 
  • Cohecho. 
  • Contra la salud. 
  • Fraude. 

Asimismo, el artículo 422 del Código Nacional de Procedimientos Penales determina las sanciones a las que puede hacerse acreedora una empresa. 

Respuesta detallada: 

El artículo 422 del Código de Procedimientos Penales determina diferentes consecuencias jurídicas que se podrán imponer a las empresas: 

  • Suspensión de actividades. 
  • Clausura. 
  • Prohibición de realizar las actividades. 
  • Inhabilitación temporal para participar en contrataciones del Sector Público. 
  • Intervención judicial. 
  • Amonestación pública. 

Las disposiciones jurídicas en México, permiten responsabilizar a la empresa, ya sea a). por la comisión de un delito por una persona física (empleado, directivo, socio) o b). por inobservancia del “debido control”. 

Un “Compliance Program” eficiente: 

  • Permite que la organización implemente y demuestre su compromiso de cumplir con la normativa, incluyendo la legislación y estándares de la industria a la que pertenece. 
  • Posibilita ejercer el debido control de su ámbito organizacional y establecer medidas eficaces para prevenir y descubrir delitos. 
  • Contiene las directrices y metodologías para mantener y mejorar el interior de una organización, con criterios de actuación y protocolos definidos para la toma de decisiones.     

Un “Compliance Program” se apoya en diferentes instrumentos y criterios de actuación. De igual forma, requiere la instrumentación de acciones de regulación para prevenir actos ilícitos dentro de la empresa.

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